Derogado por el Artículo 2 de la Ley N° 7270/2024 

Artículo 2.° Derógase la Ley N° 6345/2019 “QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 7° NUMERAL 1° Y DEROGA EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY N° 5863/17 ‘QUE ESTABLECE LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS DE CONTROL”.

u

LEY Nº 6345

QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 7° NUMERAL 1° Y DEROGA EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY N° 5863/17 “QUE ESTABLECE LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS DE CONTROL”.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY

Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 7°, numeral 1° de la Ley N° 5863/17 “QUE ESTABLECE LA IMPLEMETACIÓN DE LOS DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS DE CONTROL”, cuyo texto queda redactado de la siguiente manera:

“Art. 7°.- Reglamentación e Implementación.

1° La implementación del sistema de monitoreo electrónico instituido en la presente Ley, corresponderá al Poder Ejecutivo, el cual reglamentará en el plazo de 60 (sesenta) días contados a partir de la promulgación de la presente Ley.

2° Se garantizará el acceso al Sistema de Monitoreo por Dispositivos Electrónicos de Control (SIMDEC), a todas las personas que cumplan con los requisitos previstos en esta Ley a cuyo efecto las autoridades deberán allanar los obstáculos que impidan su aplicación.”

Artículo 2°.- Derógase el Artículo 11 de la Ley N° 5863/17 “QUE ESTABLECE LA IMPLEMETACIÓN DE LOS DISPOSITIVOS ELECTRONICOS DE CONTROL”.

Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veintisiete días del mes de junio del año dos mil diecinueve, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a tres días del mes de julio del año dos mil diecinueve, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Derogada por el Artículo 2º de Ley 7.270/2024

Artículo 2.° Derógase la Ley N° 6345/2019 “QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 7° NUMERAL 1° Y DEROGA EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY N° 5863/17 ‘QUE ESTABLECE LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS DE CONTROL”.

u

Julio Enrique Minaur De Witte
Vice Presidente 2°
En Ejercicio de la Presidencia
H. Cámara de Diputados

Blas Antonio LLano
Presidente
H. Cámara de Senadores

Freddy Tadeo D´Ecclesiis Gimenez
Secretario Parlamentario

Mirta Gusinky
Secretaria Parlamentaria

Asunción, 10 de julio de 2019.

Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

El Presidente de la República
Mario Abdo Benítez

Julio Javier Rios Bogado
Ministro de Justicia.

ESPECIFICACIONES

  • Tipo: LEY
  • Número: 6345
  • Año: 2019
  • Título: Que Modifica el Artículo 7° Numeral 1° y Deroga el Artículo 11 de la Ley N° 5863/17 “Que Establece la Implementación de los Dispositivos Electrónicos de Control”.
  • Fecha de promulgación: 10/07/2019

CONTENIDO